En estos dias ha circulado por correo electronico, y hasta en un articulo publicado en un medio escrito por Monseñor TRejos, Obispo emerito de San Isidro del General, un supuesto articulo del TLC, el 9.14, que segun estos dice:
Artículo 9.14 del TLC
*"Ninguna disposición de este Capítulo se interpretará en el sentido de
impedir que una Parte adopte medidas que sean necesarias para proteger la
salud o la vida humana, animal y vegetal, siempre y cuando dichas medidas no
se apliquen en forma que constituyan una restricción al comercio entre las
Partes" *
Claro, cualquiera con dos dedos de frente se daria cuenta de lo nefasto que resultaria esto...pero, es este el verdadero articulo del TLC?
Veamos, segùn el texto mismo del TLc ublicado en la gaceta, el VERDADERO articulo 9.14:
“1. Siempre y cuando dichas medidas no se apliquen en forma que constituyan un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre las Partes cuando existan las mismas condiciones o una restricción encubierta al comercio entre las Partes, ninguna disposición de este Capítulo se interpretará en el sentido de impedir que una Parte adopte o mantenga medidas que sean: (a) necesarias para proteger la moral, la seguridad o el orden público; (b) necesarias para proteger la salud o la vida humana, animal y vegetal; (c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas con mercancías o servicios de personas discapacitadas, de instituciones filantrópicas o del trabajo penitenciario.
2. Las Partes entienden que el párrafo 1 (b) incluye medidas medioambientales necesarias para proteger la salud y la vida humana, animal y vegetal”.
VERDAD QUE CAMBIANDO LA PERSPECTIVA CAMBIA EL FONDO DEL ARTICULO?
En un articulo anterior ya habia expuesto que sacerdotes hablando de politica es lo mismo que politicos hablando de teologia...
El conocimiento es poder, cuan fuerte crees que eres?
Wednesday, May 16, 2007
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1 comment:
el asunto es quien tiene la carga de la prueba?? a quien coresponde demostrarque la medida es justificada y todo eso? si la compañia nos demanda, a nosotros nos toca demostrar que la medida estaba justificada. hasta el momento bien. pero Quien decide? estos casos serian decididos por arbitros, no por las cortes nacionales, los arbitros son pagados por las partes, ellos pagan sus honorarios, y sabemos que el que paga manda el baile!!!
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